Por estas circunstancias se puede revocar permiso de transporte de cargas extrapesadas y extradimensionadas (12:01 p.m.)
01 de Febrero de 2018
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Nota:
59625
El artículo 33 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre) facultó al Ministerio de Transporte para definir lo correspondiente a permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, así como las especificaciones de los vehículos que realizan esta clase de transporte. En virtud de ello, fue expedida la Resolución 4959 del 2006, la cual está vigente y goza de presunción de legalidad, de acuerdo con lo señalado en el artículo 88 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Así las cosas, indicó el Ministerio de Transporte, si se presenta alguna de las causales previstas en el artículo 17 de la resolución en mención, es decir, modificación unilateral de los requisitos acreditados, desplazamientos sin cumplir requisitos o garantía vencida o revocada por la aseguradora, la autoridad que otorgó el permiso podrá revocarlo.
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