Desde hoy rige la reglamentación que convierte a las escuelas de conducción en centros de enseñanza automovilística (10:04 a.m.)
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01 de Abril de 2011
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La licencia de funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial y obtener el registro de los programas de conducción son los dos requisitos que las escuelas de conducción deben cumplir para convertirse en centros de enseñanza automovilística, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 1500 del 2009, por el cual se reglamentó su apertura y funcionamiento. En reciente comunicado, la Alcaldía de Bogotá recordó que desde hoy entra a funcionar dicha reglamentación, que pretende fortalecer la capacitación de conductores e instructores y proteger las vidas de los diferentes actores en las vías. Según estudios del Ministerio de Transporte, más del 80% de los accidentes de tránsito son ocasionados por la impericia del conductor y dejan cerca de 5.500 víctimas al año en el país.
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