Todo operador judicial electoral conoce de estos cinco actos en nulidad electoral (12:33 p.m.)
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27 de Febrero de 2020
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El Consejo de Estado, haciendo un recorrido jurisprudencial y normativo importante, aclaró que su Sala Electoral y todo operador con función jurisdiccional en lo electoral conoce de la nulidad electoral respecto de: (i) el acto de elección por voto popular; (ii) el acto de elección por cuerpos electorales; (iii) el acto de nombramiento que expida la entidad pública; (iv) el acto de nombramiento que expida la autoridad pública y (v) el acto de llamamiento para proveer vacante de corporación pública, sin determinar el origen de la designación (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).
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