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Suspenden por dos años a abogado que inició sucesión sin convocar a la totalidad de herederos

24 de Marzo de 2023

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No volverá a litigar un abogado que abusó de la confianza de cliente que le transfirió la facultad de recibir (Freepik)

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) confirmó una sentencia que impuso la sanción de 24 meses de suspensión en el ejercicio de la profesión y multa de 24 salarios mínimos a un abogado que inició un proceso de sucesión sin convocar a la totalidad de los herederos.

En su defensa, el profesional afirmó que desconocía la existencia de otros herederos; sin embargo, cuando se le preguntó al poderdante del disciplinado si le había informado sobre la existencia de hermanos este respondió afirmativamente.

También se encontró que pese a que se libraron los edictos para notificar a otros que se creyeran como mayor derecho, la Comisión encontró que el proceso fue iniciado en una ciudad diferente a donde residían la totalidad de los herederos, lo que impidió que conocieran de dicho trámite y solo pudieran intervenir cuando ya había finalizado el proceso de sucesión y los bienes se encontraban en manos de los poderdantes del disciplinado.

Si bien se acreditó que después del proceso de sucesión los bienes fueron repartidos a todos los herederos, se precisó que este asunto no es objeto de reproche, pues lo que se reconviene es que no se les haya permitido a los herederos estar presentes en el proceso de sucesión para alegar sus derechos de acuerdo con sus propios argumentos, siendo fraudulento este ocultamiento, pues lo que se pretendía era que los bienes del causante quedaran en cabeza exclusivamente de los poderdantes del abogado (M. P.: Diana Marina Vélez Vásquez).

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