Superintendencia de Notariado y Registro fijó lineamientos para la remisión de expedientes a la Dirección de Registro (11:13 a.m.)
23 de Noviembre de 2011
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Nota:
77533
Por medio de la Circular 600 del pasado 17 de noviembre, la Superintendencia de Notariado y Registro precisó algunos aspectos a tener en cuenta en las actuaciones administrativas y en segunda instancia ante la Dirección de Registro, teniendo en cuenta el incumplimiento de los anteriores lineamientos fijados por las circulares 139 del 2010, 222 del 2007 y 60 y 33 del 2004. Entre las recomendaciones, corresponde a las oficinas de registro de instrumentos públicos motivar las resoluciones proferidas con ocasión de los recursos interpuestos y tener especial cuidado con los términos para decidir, en aras de los principios de oportunidad y celeridad procesal.
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