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Subsidio de ruralidad entregado a docentes de zonas de alto riesgo está vigente, pero puede consistir en capacitación y tiempo (2:48 p.m.)

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24 de Febrero de 2012

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El Consejo de Estado señaló que el incentivo por ruralidad, percibido por los docentes que prestan sus servicios en zonas de difícil acceso, situación crítica de inseguridad y en regiones mineras o vulnerables, seguirá siendo devengado hasta el momento en que se reglamente el inciso 6º del artículo 24 de la Ley 715 del 2001 o dejen de subsistir las condiciones que originaron el derecho de percibirla. La Sección Segunda explicó que dichos estímulos, que consisten en bonificación, capacitación y tiempo para docentes que presten sus servicios en similares circunstancias, no perdió su esencia con la expedición de la norma. La Sala señaló que, de conformidad con dicha norma, persiste el estímulo, pero ya no tiene únicamente el carácter de bonificación, sino que puede consistir en capacitación y tiempo (C. P. Alfonso Vargas).

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