Si el transporte de desechos no se realiza por vías públicas, no se requiere el manifiesto de carga (11:47 a.m.)
17 de Marzo de 2011
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Nota:
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Los desechos que resultan de un proceso industrial no pueden considerarse como productos agrícolas exentos del manifiesto de carga, de acuerdo con lo previsto por el Decreto 2044 de 1988. Sin embargo, cuando el transporte no se realiza por vías públicas, sino que se desplaza dentro de un mismo municipio o se ubica finalmente en un acomodamiento dentro de la misma planta o finca productora, no se requiere el manifiesto. Así lo precisó el Ministerio de Transporte, en concepto de diciembre.
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