Si el gravamen de valorización está vigente en el folio de matrícula, no se puede inscribir escritura pública que implique transferencia (8:50 a.m.)
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23 de Febrero de 2012
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Cuando en el folio de matrícula se encuentre vigente el gravamen de valorización, no se puede realizar la inscripción de escritura pública alguna que implique transferencia de dominio o una simple cancelación, pues es deber de los notarios exigir la presentación de certificados fiscales, precisó la Superintendencia de Notariado y Registro. La entidad aclaró que el Decreto Ley 1250 de 1970 no produjo la derogatoria tácita del Decreto 1604 de 1966, por regular aquel de manera específica el tema de valorización. Por lo tanto, este último admite excepciones en casos particulares.
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