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Remodelación de un inmueble residencial no da lugar a clasificarlo como comercial (1:30 p.m.)

83010

16 de Agosto de 2012

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Las empresas de servicios públicos domiciliarios no pueden de manera arbitraria cambiar la categoría de un inmueble residencial, para efectos del cobro de un aporte solidario, cuando se realicen cambios de infraestructura o remodelaciones que tengan por objeto adecuarlo para las personas que lo habitan, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos. Si bien las actividades relacionadas con la construcción se consideran mercantiles, para que permitan clasificar un inmueble en comercial deben ser permanentes y no esporádicas. De lo contrario, se afectarían derechos de los usuarios, señaló la entidad.

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