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Actualizado hace 32 minutes | ISSN: 2805-6396

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Precisan la facturación del servicio de aseo para inmuebles residenciales con uno o varios locales comerciales (11:33 a.m.)

26 de Junio de 2012

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Nota:
81821
De acuerdo con la metodología que determina la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), los usuarios del servicio público ordinario de aseo se clasifican en usuarios residenciales y usuarios no residenciales, los cuales, a su vez, se clasifican en grandes y pequeños generadores de residuos, recordó la Superintendencia de Servicios Públicos. En el caso de los inmuebles residenciales con uno o varios locales comerciales con áreas de menos de 20 metros cuadrados y una producción de residuos sólidos inferior a un metro cúbico, la facturación debe hacerse teniendo en cuenta la definición de usuario residencial prevista en el Decreto 1713 del 2000, es decir, tanto al inmueble destinado a residencia como a cada uno de los locales se les factura como un usuario independiente residencial o comercial, según el caso.

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