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Nuevos propietarios de inmuebles pueden cambiar los prestadores de servicios públicos (2:55 p.m.)

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29 de Junio de 2012

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Una vez entregadas las unidades inmobiliarias independientes a sus nuevos propietarios por parte del constructor, estos tienen la potestad de cambiar el prestador de cualquier servicio público que le esté siendo prestado, teniendo en cuenta los requisitos para ello, señaló la Superintendencia de Servicios Públicos. Así las cosas, la titularidad del servicio reposa en la calidad de usuario del propietario, poseedor o tenedor del inmueble, por lo que ni la administración provisional contratada ni la administración en propiedad elegida por la asamblea de copropietarios o el consejo de administración puede efectuar afiliaciones masivas de los inmuebles a cualquier prestador, salvo los requisitos de ley.

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