Coronavirus (covid-19)Procesos de cobro coactivo por deudas de servicios públicos domiciliarios pueden iniciar en época de pandemia
01 de Octubre de 2020
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El cobro coactivo de las deudas originadas en la prestación de servicios públicos domiciliarios es una facultad exclusiva de los prestadores de servicios públicos domiciliarios que sean empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) o municipios prestadores directos. Dicha facultad, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, requiere de un acto administrativo ejecutoriado que imponga a un particular la obligación de pagar una suma de dinero en favor de la Nación, de una entidad territorial o de una entidad oficial con facultad de adelantar el cobro de obligaciones a través de ese tipo de procedimientos. Ejecutoriado el acto, el procedimiento de cobro deberá adelantarse en los términos previstos en los artículos 98 a 101 de la Ley 1437 del 2011, en concordancia con el Estatuto Tributario. Cabe señalar que ninguna de las normas que han sido expedidas en el marco de la emergencia sanitaria ha limitado la posibilidad de iniciar procedimientos de cobro coactivo, de manera que una EICE o un municipio prestador directo de servicios públicos pueden iniciar y dar continuidad a los mismos.
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