12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Señalan rubros para definir la contribución especial a cargo de empresas de servicios públicos (8:00 a.m.)

04 de Mayo de 2011

Reproducir
Nota:
73145
Para la determinación de la tasa especial de contribución a cargo de las entidades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, correspondiente a la presente vigencia, se tendrán en cuenta los siguientes gastos de funcionamiento: servicios personales, servicios generales, arrendamientos, licencias, contribuciones y regalías, honorarios, seguros, impuestos y tasas, entre otros. Según la Ley 142 de 1994, la tarifa máxima de contribución no podrá superar el 1% de los gastos de funcionamiento de la entidad contribuyente, asociados al servicio sometido a regulación en el año anterior a aquel en el que se realiza el cobro, con base en sus estados financieros, recuerda la Resolución 8735 del pasado 12 de abril.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)