Se debe conceder la tutela cuando se niega una pensión por razones jurídicas insuficientes que incidan en derechos fundamentales (2:25 p.m.)
25 de Abril de 2011
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Nota:
73360
Si una persona reclama el reconocimiento y pago de una prestación, como la indemnización sustitutiva o la pensión de vejez, y esta es negada con razones jurídicas insuficientes, que además inciden en derechos fundamentales, se viola la Constitución. Así lo dijo la Corte Constitucional al conocer el caso de una docente a quien se le negó la pensión de jubilación, entre otros argumentos, porque además de cumplir con los requisitos vigentes para pensionarse, debía acreditar las exigencias de una ley distinta y anterior. Para la corte, esta explicación no era evidente e imponía a la administración una carga argumentativa más amplia. En el fallo se explicó que el derecho a la defensa no solo se desconoce cuando no se motiva la decisión, sino cuando se ofrecen razones oscuras, indeterminadas, parciales o superfluas para sustentarla (M.P. María Victoria Calle Correa).
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