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Sancionan procedimiento especial para la titulación de inmuebles (3:21 p.m.)

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11 de Julio de 2012

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Para otorgar títulos de propiedad a los poseedores materiales de bienes inmuebles urbanos y rurales de pequeña entidad económica y para sanear los títulos que conlleven la denominada falsa tradición habrá un procedimiento especial. Según la Ley 1561, quien pretenda obtener título de propiedad sobre un inmueble rural deberá demostrar posesión material, pública, pacífica e ininterrumpida por un periodo de cinco años para posesiones regulares y de 10 para posesiones irregulares, sobre un bien de propiedad privada cuya extensión no exceda la de una unidad agrícola familiar. Para el caso de los inmuebles urbanos, aplicará la disposición siempre y cuando el avalúo catastral no supere los 250 salarios mínimos mensuales. La propuesta deroga la Ley 1182 del 2008 y empezará a regir en seis meses.

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