Sanción por no ejercer como jurado de votación será de un salario mínimo (9:40 a.m.)
16 de Noviembre de 2011
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Nota:
77368
La Registraduría Nacional del Estado Civil estableció que el valor mínimo de la sanción a particulares por no asistir a desempeñar las funciones de jurado de votación será de un salario mínimo legal mensual vigente. Vale la pena recordar que los servidores públicos tienen como sanción la destitución del cargo.
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