Retiro discrecional del servicio de un oficial del Ejército distinguido por su excelente desempeño podría constituir una desviación del poder (10:56 a.m.)
30 de Diciembre de 2011
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Nota:
78088
El retiro del servicio de un oficial del Ejército Nacional, cuyas calidades personales y profesionales son reconocidas por la misma administración no resulta acorde a la moralidad y eficacia que se espera de una decisión que no solo afecta los derechos particulares sino también el interés general de la comunidad, quien confía en la idoneidad y capacidad del personal que ejecuta las tareas encomendadas a las Fuerzas Militares del país. Dicha decisión puede constituirse en una desviación del poder, pues no tiene como objetivo el mejoramiento del servicio, que es la causal autorizada por el Decreto 1790 del 2000, que otorga la facultad discrecional. El pronunciamiento lo hizo la Sección Segunda del Consejo de Estado al declarar la nulidad del acto de retiro del servicio por llamamiento a calificar servicios de un mayor de infantería del Ejército Nacional al cual, en el año anterior al retiro, se le registraron cerca de 66 anotaciones positivas referidas a su condición profesional, ejercicio de mando, competencia administrativa y desempeño (C. P. Gerardo Arenas Monsalve).
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