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Actualizado hace 14 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Responsabilidad de la administración en casos de absolución por ‘in dubio pro reo’ es objetiva: Consejo de Estado (12:22 p.m.)

17 de Abril de 2013

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Nota:
88248
El Consejo de Estado concluyó que, en casos de absolución por aplicación del principio de in dubio pro reo, la responsabilidad atribuible a la administración por la detención del procesado es objetiva y no supone resarcimiento por consideraciones subjetivas. En los demás casos, advierte la providencia, es necesario demostrar las condiciones supuestamente arbitrarias en las que se produjo la privación de la libertad a quien la justicia no logró demostrarle violación alguna de la ley penal. Ello porque además de que el artículo 68 de la Ley 270 de 1996 abrió las puertas para que las personas detenidas por autoridades judiciales pudieran demandar al Estado, el artículo 414 del Decreto–Ley 2700 de 1991 introdujo la perspectiva de la responsabilidad objetiva, cuando la decisión favorable al indiciado se da por aplicación del principio citado (C. P. Enrique Gil Botero).

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