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Tres días de cárcel podrían pagar conductores que excedan límite de velocidad en Quito

19 de Julio de 2012

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Nota:
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Valiéndose de “fotorradares”, con los que se espera que desciendan los índices de velocidad en Quito, las autoridades ecuatorianas sancionarán hasta con tres días de prisión a quienes excedan los límites de velocidad previstos en el Código de Tránsito.

 

De acuerdo con el Reglamento General para la Ampliación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la velocidad permitida para vehículos livianos y motocicletas en el perímetro urbano de la ciudad es de 50 kilómetros por hora.

 

Quien maneje por encima de ese límite deberá pagar 87,63 dólares (el 30 % de la Remuneración Básica Unificada) y se le restarán seis puntos de la licencia de conducción, como lo dispone el artículo 142 de la Ley de Tránsito.

 

Si rebasa el rango moderado, es decir más de 70 kilómetros por hora, tendrá que pagar una multa de 292,10 dólares (una Remuneración Básica Unificada), se le restarán 10 puntos y pasará tres días en la cárcel.

 
Así mismo, los conductores que registren de 0,3 a 0,8 grados de alcohol por litro de sangre serán castigados con cinco días de prisión, multa de 292 dólares de multa y una rebaja de 10 puntos en la licencia de conducción. Si se superan los 0,8 grados, la pena se aumentará a 15 días en la cárcel. Además, en caso de que un conductor de transporte público maneje con 0,1 grados de alcohol, perderá la licencia.

 

Según un reporte del Banco Interamericano de Desarrollo,  Ecuador tiene una tasa de 23.900 accidentes de tránsito al año, la segunda tasa más alta de América Latina, detrás de Paraguay. Así mismo, registra más de 2.500 muertos y 15.000 heridos al año en este tipo de accidentes. En lo que va de 2012, los accidentes se incrementaron un 8,4 %.

 

Con información de El Universo Hispano

 

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