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Gobierno uruguayo implementa guía para sancionar el acoso sexual
18 de Febrero de 2013
El pasado 6 de febrero, el Ejecutivo uruguayo aprobó, mediante el Decreto 40 del 2013, el Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual en funcionarios/as y personal del Ministerio del Interior, que aplica independientemente de la naturaleza del vínculo y de las empresas contratadas por esa entidad.
Para elaborar el decreto, el Gobierno se basó en la Ley 18561 del 2009, sobre prevención del acoso sexual en el ámbito laboral y en las relaciones docente - alumno, así como en las propuestas presentadas por la Comisión de Trabajo sobre Acoso Sexual, creada en agosto del año pasado.
La norma considera el acoso sexual como una forma grave de discriminación y desconocimiento del respeto a la dignidad de las personas en los ámbitos público y privado, y como una manifestación de la violencia basada en el género.
El protocolo contiene definiciones de conductas reprochables, que, además del acoso físico, incluyen comentarios, sugerencias, bromas o insinuaciones. Sobre el acoso no verbal, se identifican comportamientos como miradas, silbidos y gestos, entre otros.
Por otra parte, el decreto contentivo de esta guía abarca indicadores sensibles al género, medidas de protección, los órganos competentes para investigar y sancionar, el registro de denuncias y la reparación del daño con perspectiva de género.
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