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Corte Suprema de México tumba penalización de rumores en redes sociales

21 de Junio de 2013

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La Suprema Corte de Justicia de México invalidó hoy una reforma al Código Penal del Estado de Veracruz que penalizaba la propagación por redes sociales de falsos rumores que ocasionen la perturbación del orden público.

 

La norma castigaba con prisión de uno a cuatro años a quien “por cualquier medio, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros; de ataques con armas de fuego; o de sustancias químicas biológicas o tóxicas, que pueden causar daño a la salud; ocasionando la perturbación del orden público”.

 

A juicio de la Corte, esta disposición viola los de derechos humanos consagrados en la Constitución Política de México, específicamente a la libertad de expresión, la información, la legalidad, la seguridad jurídica y la exacta aplicación de la ley penal.

 

La reforma había entrado en vigencia en el 2011, luego de que dos usuarios de Twitter y Facebook fueron detenidos por alertar falsamente sobre acciones del crimen organizado. Los dos cibernautas fueron encarcelados durante un mes, acusados de terrorismo y sabotaje.

 

Según las autoridades de Veracruz, los detenidos ocasionaron una ola de pánico el 25 de agosto de 2011, con mensajes sobre supuestos ataques a escuelas.

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos interpuso el recurso de inconstitucionalidad contra de la norma, argumentando que era contraria a la libertad de expresión que consagra la Constitución.

 

El organismo, alegaba que la restricción de ese derecho debe ser proporcional al interés que la justifica, y en caso de ponerle límites, estos deben establecerse de forma clara, con apego a la legalidad.

 

Con información de Vanguardia y Univisión

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