Reiteran que la reliquidación de la asignación de retiro a miembros de la Policía reincorporados solo procede si estos permanecen cinco años más en la institución (9:25 a.m.)
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13 de Octubre de 2011
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El Consejo de Estado explicó que aunque fue declarado inexequible el aparte del Decreto 1791 del 2004 que exigía la permanencia mínima de cinco años de un miembro de la Policía Nacional reincorporado para acceder a la reliquidación de la asignación de retiro, la misma disposición estaba incluida en el Decreto 1212 de 1990, por lo que no fue retirado del ordenamiento jurídico. Con dicho argumento, la Sección Segunda negó la reliquidación de la asignación de retiro del exdirector general de la Policía Nacional Teodoro Ricaurte Campo, quien luego de su reincorporación y ascenso solo permaneció un año y tres meses en la institución (C. P. Luis Rafael Vergara Quintero).
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