Regulan trámite de solicitudes de organismos vivos modificados con fines exclusivamente agrícolas, pecuarios y pesqueros
08 de Marzo de 2021
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Nota:
118583
El ICA establece el trámite de las solicitudes de los organismos vivos modificados (OVM), con el fin de evaluar los posibles efectos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. Las disposiciones adoptadas serán aplicables a toda persona natural o jurídica que pretenda adelantar actividades con OVM con fines agrícolas, pecuarios, pesqueros, plantaciones forestales comerciales y agroindustriales, que hayan sido mejorados por la introducción de material genético exógeno heredable o por la manipulación de su genoma por biotecnología moderna dentro del territorio nacional. El interesado en adelantar una o varias actividades debe solicitar autorización previa del OVM ante el ICA mediante comunicación firmada por la persona natural o representante legal, según corresponda, a través del sistema de información que la entidad disponga para la materia, con los requisitos generales y específicos según el tipo de solicitud.
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