Regulan permiso de circulación restringida para vehículos
08 de Octubre de 2021
El Ministerio de Transporte reglamentó el permiso de circulación restringida para los vehículos automotores, vehículos no automotores y el permiso de circulación restringida para efectuar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes e intervenciones correctivas de los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor mixto, colectivo e individual de pasajeros en vehículos taxi de radio de acción municipal que operan en los municipios donde no existen centros de diagnóstico automotor, líneas móviles o establecimientos donde se puedan realizar intervenciones correctivas.
La norma aclara que el permiso es el documento que autoriza a los carros que no han sido matriculados ante un organismo de tránsito, para que se movilicen por sus propios medios por las vías de uso público o privadas abiertas al público, ocupados exclusivamente por su conductor y un acompañante de ser necesario.
También se enlistan los eventos en los cuales podrá solicitarse este, el cual será expedido a través del RUNT por parte de la Dirección de Transporte y Tránsito del ministerio, tendrá cobertura nacional y deberá ser portado por cada vehículo en un lugar visible.
La vigencia del documento obrará por periodos, dependiendo del evento por el cual haya sido solicitado, por ejemplo, para desplazarlo a playas de exhibición; llevarlo a zonas francas donde surtirá el proceso de nacionalización y para moverlo al montaje, fabricación y ensamble de carrocería, se podrá solicitar máximo cuatro permisos y cada uno de ellos por un tiempo de 30 días.
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