Reglamentan sello de accesibilidad e inclusión universal para servicios turísticos
13 de Mayo de 2021
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Nota:
120187
El Ministerio de Comercio reglamentó el sello de accesibilidad e inclusión universal y estableció los requisitos y las condiciones para su uso. El objeto será reconocer a los prestadores de servicios turísticos que remuevan barreras espaciales, de entorno físico, comunicativas, actitudinales y de servicio que garanticen el acceso, uso y disfrute de las actividades turísticas a partir del cumplimiento de normas técnicas de accesibilidad. Será una herramienta informativa y comercial para diferenciar aquellos establecimientos que ofrezcan condiciones de accesibilidad e inclusión universal, proporcionando orientación e información verificable, pertinente y exacta sobre tales condiciones. El procedimiento para otorgar el derecho de uso debe atender los principios y definiciones consagrados por el Subsistema Nacional de la Calidad, organizado mediante el Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 del 2015.
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