Reglamentan organización del Fondo nacional de extensión agropecuaria
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02 de Octubre de 2020
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El Ministerio de Agricultura adicionó el Titulo 5 de la Parte I del Libro II del Decreto 1071 del 2015, en lo relacionado con el Fondo nacional de extensión agropecuaria (FNEA). Así, se define la naturaleza, objeto y alcance del FNEA. Dentro de sus funciones señala articular los fondos territoriales que estén creados o que se creen con el propósito de canalizar y coordinar los recursos necesarios para los usos e intervenciones dirigidos a la prestación del servicio público de extensión agropecuaria y organizar iniciativas territoriales con el propósito de hacer más eficiente la canalización de los recursos dirigidos a la prestación de dicho servicio. Para conocer más detalles puede consultar el Decreto 1319 del 2020, el cual está adjunto a esta nota.
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