Reglamentan la entrega de subsidios para el pago de servicios públicos a afectados por desastres naturales (10:52 a.m.)
30 de Abril de 2012
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Nota:
81184
Los suscriptores y/o usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y de gas combustible de los estratos socioeconómicos subsidiables afectados por hechos que originen la declaratoria de situación de desastre recibirán del Estado un subsidio excepcional para el pago de esos servicios hasta por seis meses, bajo las condiciones previstas en la Resolución 18 0592 del 2012 del Ministerio de Minas, reglamentaria de la Ley 1506 del pasado 10 de enero.
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