Reglamentan funcionamiento de las cajas menores del Sistema General de Regalías (8:46 a.m.)
Openx [71](300x120)
86079
07 de Febrero de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Las cajas menores de los órganos del Sistema General de Regalías se constituirán para cada bienio mediante resolución suscrita por el jefe del órgano respectivo o su delegado del nivel directivo, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar. Según el Decreto 146 del Ministerio de Hacienda, para la constitución y reembolso de estas cajas se deberá contar con certificado de disponibilidad presupuestal en la resolución de constitución. Sobre la cuantía destinada, las entidades no podrán exceder el 0,5 % del presupuesto asignado al respectivo órgano dentro de cada bienio.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!