Reglamentan el Sistema de trazabilidad vegetal
18 de Noviembre de 2021
El Ministerio de Agricultura reglamentó la operación del sistema de trazabilidad vegetal, con la finalidad de identificar una especie vegetal desde la producción de la semilla hasta la adquisición de los productos vegetales terminados por parte del consumidor final, incluida la producción de la semilla, la trasformación, procesamiento, transporte, distribución, comercialización y demás información asociada a todos los eslabones de la cadena productiva.
Las disposiciones serán aplicables a entidades territoriales y otras autoridades públicas, instituciones de educación superior, centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, centros de innovación y productividad y unidades de I+D+i de empresas, gremios y demás entidades sin ánimo de lucro organizadas bajo esquemas asociativos, empresas, consumidores, productores, proveedores, entre otras, personas naturales o jurídicas que produzcan, transformen, transporten, distribuyan o comercialicen especies vegetales y sus productos comestibles para consumo humano en el mercado nacional o internacional.
El ICA, con el propósito de garantizar el adecuado estado de fitosanidad e inocuidad de las especies vegetales, en cumplimiento de los requisitos legales establecidos en las disposiciones nacionales e internacionales, establecerá los procedimientos para la localización, detención y retiro de especie vegetal, en desarrollo de su función de seguimiento al sistema de trazabilidad vegetal.
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