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Reglamentan cupos de exportación para leche, aceites y harina de trigo

Se reglamentan los cupos de exportación correspondientes al décimo segundo año, otorgados por México a los bienes originarios de Colombia.
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03 de Agosto de 2022

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El Ministerio de Agricultura reglamentó los cupos de exportación de leche y productos lácteos; de aceites de soya, girasol o cártamo y para la harina de trigo, grañones y sémola de trigo, correspondientes al décimo segundo año, otorgados por México a los bienes originarios de Colombia, teniendo en cuenta el tratado de libre comercio entre Colombia, Venezuela y los Estados Unidos Mexicanos.

Leche y productos lácteos

 

Según establece la resolución, el cupo agregado libre de arancel para la leche en polvo es de 11.672 toneladas métricas, mientras que para la mantequilla quedó en 1.167, los quesos clasificados en 5.447, el dulce de leche o arequipe en 1.297 y las bebidas que contienen leche 1.297.

Aceites de soya, girasol o cártamo

 

El cupo de exportación reglamentado para estos productos es de 25.937 toneladas métricas.

Harina de trigo, grañones y sémola de trigo

 

El ministerio reglamentó un cupo libre de arancel para la harina de trigo de 4.150 toneladas métricas y de 1.037 para grañones y sémola de trigo. 

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