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Reglamentan condiciones del subsidio familiar de vivienda rural aplicable a los exintegrantes de las FARC

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19 de Marzo de 2021

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Con la Resolución 0094 del 2021, el Gobierno reglamenta las condiciones particulares del subsidio familiar de vivienda rural que será asignado a los exintegrantes de las FARC-EP y sus familias que se encuentren en la ruta de reincorporación liderada por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) y ubicados en los antiguos espacios territoriales de capacitación y reincorporación (antiguos ETCR). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.4.1 del Decreto 1077 del 2015, el subsidio será de hasta 90 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), el cual se podrá aplicar de manera complementaria y concurrente con las subvenciones de esta misma naturaleza y/o aportes que se otorguen por las entidades territoriales y, en general, por las demás entidades partícipes del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, siempre y cuando el valor de la vivienda no supere el tope previsto para la vivienda de interés social rural.

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