Reglamentación de la Ley 1480 del 2011 podría quitar facultades a la Superfinanciera para conocer asuntos de carácter laboral (11:50 a.m.)
26 de Marzo de 2012
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Nota:
80163
Aunque legalmente la Superintendencia Financiera tiene facultades para dirimir controversias que las entidades correspondientes no puedan resolver, como es el caso de las administradoras de pensiones y los asuntos de múltiple vinculación, la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) estableció que la superintendencia no podrá conocer de ningún asunto que deba ser sometido al proceso de carácter ejecutivo ni de acciones de carácter laboral, entre las que, eventualmente, podrían verse involucradas las relacionadas con el sistema general de pensiones, cuando la ley sea reglamentada. Así lo señaló la entidad, en oficio de febrero.
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