Registraduría y Procuraduría reiteran directrices sobre la designación de testigos electorales (8:00 a.m.)
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30 de Septiembre de 2011
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Ante la proximidad del vencimiento del plazo para que los partidos y movimientos políticos presenten las listas de los ciudadanos que actuarán como testigos electorales en las elecciones del próximo 30 de octubre y durante el proceso de escrutinio, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación acaban de recordar las instrucciones sobre la designación de tales veedores, impartidas mediante la Circular Conjunta 12 del 2011. Entre otras medidas, los organismos recomiendan excluir a las personas que no concurran a recibir las instrucciones o la capacitación necesaria para ejercer adecuadamente sus funciones.
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