Régimen de inhabilidades no desapareció como causal de pérdida de investidura con la Ley 617 del 2000: Consejo de Estado (12:50 p.m.)
23 de Enero de 2013
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Nota:
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El Consejo de Estado explicó que la violación del régimen de inhabilidades no desapareció como causal de pérdida de investidura al entrar en vigencia la Ley 617 del 2000. La acción de pérdida de investidura es autónoma frente a las demás acciones que puedan originarse por los hechos que se encuadren en las causales allí previstas, agregó la sala. Con estos argumentos, el alto tribunal decretó la pérdida de investidura de Roly Rafael Lezama, concejal del municipio de Galeras (Sucre), quien suscribió un contrato con una entidad municipal dentro del año inmediatamente anterior a la fecha en que resultó elegido. Sobre la violación del régimen de inhabilidades, la Sección Primera afirmó que continúa siendo causal de pérdida de investidura para los concejales, pues la sanción que se impone no tiene carácter de disciplinaria, sino que es de índole política y carece de término de caducidad (C.P. María Elizabeth Garcia González).
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