Reformas al servicio de practicaje en proyectos que se desarrollen mediante APP
20 de Abril de 2022
El Ministerio de Defensa adicionó el Decreto 1070 del 2015 (único reglamentario del sector Defensa) en lo relacionado con la actividad marítima y fluvial de practicaje, obligatoria para todos los buques de bandera nacional y extranjera de más de 200 toneladas de registro bruto.
Ahora, en proyectos que se desarrollen mediante esquema de asociación público privada (APP) relacionados con el mantenimiento y/o profundización de canales de acceso a puertos que impliquen el uso de equipos y actividades de dragado y exijan la participación de piloto práctico el responsable del proyecto deberá garantizar el desarrollo del servicio público de practicaje a bordo de las dragas.
El responsable del proyecto podrá contratar directamente a uno o varios pilotos prácticos como personas naturales, o a través de una empresa de practicaje, para lo
cual se deberá solicitar el servicio por las personas designadas por la ley.
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