Reformas al servicio de practicaje en proyectos que se desarrollen mediante APP
El Ministerio de Defensa adicionó el Decreto 1070 del 2015 en lo relacionado con la actividad marítima y fluvial de practicaje.20 de Abril de 2022
El Ministerio de Defensa adicionó el Decreto 1070 del 2015 (único reglamentario del sector Defensa) en lo relacionado con la actividad marítima y fluvial de practicaje, obligatoria para todos los buques de bandera nacional y extranjera de más de 200 toneladas de registro bruto.
Ahora, en proyectos que se desarrollen mediante esquema de asociación público privada (APP) relacionados con el mantenimiento y/o profundización de canales de acceso a puertos que impliquen el uso de equipos y actividades de dragado y exijan la participación de piloto práctico el responsable del proyecto deberá garantizar el desarrollo del servicio público de practicaje a bordo de las dragas.
El responsable del proyecto podrá contratar directamente a uno o varios pilotos prácticos como personas naturales, o a través de una empresa de practicaje, para lo
cual se deberá solicitar el servicio por las personas designadas por la ley.
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