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Recuerdan inhabilidad para ser elegido alcalde por celebración de contratos (9:15 a.m.)

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27 de Febrero de 2013

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La causal de inhabilidad para ser elegido alcalde por celebración de contratos con la administración exige que estos se hayan realizado durante el año anterior a la elección, recordó la Sección Quinta del Consejo de Estado. Así mismo, se requiere la intervención directa y personal de la persona demandada, lo cual no puede deducirse del hecho de que uno de los contratistas tenga vínculo familiar con ella, añadió. Por estas razones, la corporación negó la nulidad de la elección de Jairo Alfredo Fernández como alcalde municipal de Sincelejo para el periodo 2012-2015, ya que no se demostró que estuviera incurso en dicha inhabilidad (C. P. Susana Buitrago).

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