Pasar al contenido principal
07 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Reciente normativa sobre exportación de ganado y autorización sanitaria para la producción de carne y/o leche

14 de Enero de 2022

Reproducir
Nota:
137762

Teniendo en cuenta que en la asignación de porcentajes utilizados para evaluar la certificación de establecimientos exportadores de bovinos y bufalinos en pie y los destinados a sacrificio para la exportación de carne se cometió un error al momento de digitar, el instituto Colombiano Agropecuario (ICA), mediante Resolución 115652, del pasado 24 de diciembre, procedió a corregirlo.

Así, en lo que se refiere al concepto desfavorable, este se emitirá cuando se evidencie al menos una de las siguientes condiciones: obtener un nivel de cumplimiento menor al 100 % de los criterios fundamentales y/o menor del 80 % de los criterios mayores y/o menor del 60 % de los criterios menores.

De otra parte, ante el aumento considerable en el número de solicitudes de exportaciones durante los meses de noviembre y diciembre del año 2021, lo cual conlleva la programación de visitas a los predios objeto de certificación, se modificó la fecha de entrada en vigencia de la Resolución 097977 del 2021, por la cual se establecen los requisitos para la mencionada certificación, para el 30 de mayo del 2022.

Producción de carne y/o leche

La entidad también emitió la Resolución 115708, del pasado 27 de diciembre, por la cual estableció los requisitos para obtener la autorización sanitaria y de inocuidad en los predios productores de animales destinados a la producción de carne y/o leche para el consumo humano.

Dentro de los requisitos de saneamiento, la norma establece que se deberán disponer los residuos peligrosos, mortalidades y desechos anatomopatológicos de manera que se evite la contaminación ambiental y se minimicen los riesgos sanitarios y de inocuidad.

Así mismo, se deberán disponer los residuos sólidos y líquidos del predio, de forma tal que se evite el riesgo sanitario, el consumo de los mismos por los animales y la proliferación de plagas. Para ello se deberá evitar el acceso de los animales a fuentes de contaminación y evitar la acumulación de residuos orgánicos, escombros, maquinaria y equipos en desuso.

La mencionada autorización podrá ser suspendida hasta por seis meses por presencia o uso de sustancias prohibidas, por confirmación de la excedencia de límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios y/o contaminantes químicos, presencia confirmada de contaminantes biológicos que afecten la salud de los consumidores y evidencia de productos veterinarios sin registro, entre otras circunstancias.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)