¿Qué normativa rige a los distritos en Colombia? (2:27 p.m.)
14 de Agosto de 2018
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Nota:
107583
Los distritos fueron creados por la Constitución como entidades territoriales con el propósito de dotarlos de un régimen político, fiscal y administrativo particular e independiente distinto del previsto para los municipios, que le permita a sus órganos y autoridades gozar de facultades especiales para la promoción y desarrollo de sus territorios y habitantes considerando las condiciones particulares que presentan, explica la Sección Quinta del Consejo de Estado. Así, frente a la organización administrativa, estos se encuentran excluidos, en principio, del régimen municipal ordinario (Ley 136 de 1994), en tanto que el constituyente los elevó a categoría especial. En ese orden, las disposiciones de carácter especial que regulen los distritos prevalecen sobre las de carácter general que integran el régimen ordinario de los demás entes territoriales. Pero en aquellos eventos no regulados por las normas especiales o que no se hubieren remitido expresamente a las disposiciones aplicables a alguno de los otros tipos de entidades previstas en la Constitución o la ley, ni a las que está sujeta el Distrito Capital de Bogotá, se sujetarán a las disposiciones previstas para los municipios (C. P. Carlos Enrique Moreno).
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