Que la administración provea empleos de libre nombramiento y remoción mediante concurso de méritos no modifica la naturaleza de los cargos (2:50 p.m.)
13 de Enero de 2012
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Nota:
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El hecho de que la administración provea empleos de libre nombramiento y remoción mediante procesos de selección por méritos no implica la modificación de la naturaleza de los cargos. Así lo aclaró el Consejo de Estado al explicar que aunque estos sean proveídos por mérito, puede acudirse a la facultad discrecional para desvincular a quien lo ocupa. El Consejo señaló que es el legislador a quien se le confiere la facultad de establecer taxativamente la naturaleza de los empleos en todos los niveles de la administración. Con estos argumentos, la corporación manifestó su acuerdo con la declaración de insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción elegido a través de un concurso de méritos, en el marco de un programa presidencial de meritocracia. La Sección Segunda indicó que como este tipo de empleos exigen un alto grado de confianza, no se requiere adelantar un proceso de selección por méritos, lo que no significa que no se puedan proveer de esa forma (C.P. Gerardo Arenas Monsalve).
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