Publican fallo que implementó el sistema mixto en el régimen de carrera de la Registraduría Nacional (9:20 a.m.)
25 de Agosto de 2010
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Nota:
67970
La Corte Constitucional dio a conocer el texto de la sentencia que condicionó la exequibilidad del artículo 6 de la Ley 1350 del 2009, a que se entienda que los cargos de autoridad administrativa o electoral del sistema de carrera de la Registraduría Nacional del Estado Civil son de libre remoción, pero no de libre nombramiento, pues para proveerlos se debe acudir al concurso público. La sala señaló sin embargo que la remoción debe ser motivada. En el fallo, la corte resaltó que no se han fijado reglas sobre la contratación en este régimen especial y que no puede estar sujeto a las normas ordinarias de carrera administrativa, ni mucho menos las relativas al libre nombramiento y remoción, pues son incompatibles con el régimen mixto al que queda sometida la entidad, por lo que deberá ser el Congreso el que regule la materia (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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