Prohíben fabricación y exportación de productos con mercurio añadido
23 de Abril de 2021
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Nota:
120453
Con el Decreto 419 del 2021, Mincomercio prohíbe la fabricación, importación y la exportación de los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que corresponden al listado establecido en el anexo A, Parte I del Convenio de Minamata. Lo dispuesto no se aplicará a las mercancías que antes de la fecha de expedición de esta norma hayan sido efectivamente embarcadas hacia Colombia o que ya se encuentren en zona primaria aduanera o en zona franca. Para lo anterior se tomará como referencia la fecha del documento de transporte y los registros de su ingreso a dichas zonas. También hace precisiones sobre los productos que están excluidos de la prohibición, entre ellos: los esenciales para usos militares y protección civil; productos para investigación, calibración de instrumentos; los utilizados en prácticas tradicionales o religiosas y las vacunas que contengan Timerosal como conservante. El decreto comenzará a regir un día después de su publicación y modifica el artículo 10 del Decreto 2133 del 2016, modificado a su vez por el Decreto 1041 del 2018.
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