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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 28 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Suspenden a litigante por dilatar una sucesión

26 de Abril de 2018

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de suspensión de un año en el ejercicio de la profesión a un abogado por la comisión de la falta contra la real y leal realización de justicia y los fines del Estado, prevista en los numeral 8° y 9° del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007. (Lea: Sancionan a litigante por estar borracho durante la audiencia y no acordarse de lo sucedido)

 

En el caso concreto, el litigante, a quien se le confirió poder en un proceso de sucesión, pues era amigo de años atrás de la familia del causante, durante su gestión y tratando de beneficiar en lo posible a sus poderdantes basó su defensa en desvirtuar el derecho que tenía la hija extramatrimonial del cujus (causante).

 

Respecto a los actos fraudulentos configurados en el presente asunto, la corporación explicó que estos se refieren a una conducta clara y determinada, comprensible para el destinatario de la norma, la cual se concretó cuando aconsejó a su poderdante para que excluyera a la nueva heredera de la participación e inclusión del inventario de bienes y avalúos. (Lea: Suspenden a abogado por intentar tergiversar versión de un acceso carnal abusivo)

 

Lo anterior argumentando que la documentación que presentaba se encontraba viciada y, por ende, no debía el juez darle validez para ser parte del proceso.

 

Por último, ante la negativa del despacho de darle alcance a su solicitud, el abogado continuó presentando varios recursos para que se declarara la nulidad del auto que la reconoció como heredera del causante, lo cual, para la Sala, atenta contra el deber de la realización pronta y efectiva de la justicia (M. P. Magda Victoria Acosta).

 

Consejo Superior Judicatura, Sentencia 17001110200020140064601, Nov. 09/17

 

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