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General


Falta de práctica de una prueba no afecta necesariamente el principio de investigación integral

Aunque este principio le asigna al funcionario judicial el deber de investigar lo favorable y lo desfavorable al imputado, no lo obliga a recaudar todas las pruebas pedidas.

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02 de Noviembre de 2011

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Aunque el principio de investigación integral le asigna al funcionario judicial el deber de investigar lo favorable y lo desfavorable al imputado, no lo obliga a recaudar todas las pruebas pedidas, señaló la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

 

Por lo tanto, la omisión en la práctica de una prueba no afecta necesariamente los derechos fundamentales del procesado, explicó al alto tribunal.

 

En el caso analizado, la Sala aseguró que la Fiscalía no vulneró el principio de investigación integral al no ordenar la práctica de un dictamen pericial para determinar los perjuicios morales causados con la comisión del delito de extorsión.

 

Como la reparación es un fenómeno posdelictual que no afecta la investigación integral, la tasación de los perjuicios no es una obligación del ente acusador, afirmó la corporación.

 

(CSJ, S. Penal, Sent. 26537, jul. 27/11, M. P. Augusto Ibáñez)

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