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General


Corte Constitucional aprueba el arancel judicial

El arancel fue impuesto por la reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia y avalado, en un primer momento, por la Sentencia C-713 del 2008.

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16 de Mayo de 2011

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La Corte Constitucional le acabó de dar su visto bueno al arancel judicial, regulado por la Ley 1394 del 2010.

 

El arancel fue impuesto por la reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (L. 1285/09) y avalado, en un primer momento, por la Sentencia C-713 del 2008.

 

En ese fallo, la Corte concluyó que se trata de una contribución parafiscal legítima y necesaria para afrontar los problemas crónicos que afronta la justicia, como el atraso y la congestión. Legitimidad que se fortalece, si se tienen en cuenta los recursos limitados con los que cuenta la Rama Judicial.

 

Y en la nueva decisión, la Corte sostuvo este precedente. Además, reiteró que el principio de gratuidad de la justicia no es absoluto, ya que el legislador lo puede limitar para fines legítimos, como contribuir a sufragar los gastos del aparato judicial.

 

La Ley 1394 autorizó el cobro del arancel solo para los procesos ejecutivos civiles, comerciales y administrativos de cuantías superiores a los 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Su pago estará a cargo del demandante triunfador.

 

(C. Const., Sent. C-368, mayo 11/11, M. P. Gabriel Mendoza Martelo)

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