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Prestador del servicio de acueducto debe determinar las condiciones de cada inmueble (4:34 p.m.)

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03 de Diciembre de 2012

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Es deber de las empresas prestadoras de servicios públicos analizar las condiciones técnicas y económicas de los inmuebles, para determinar la procedencia o no de la prestación del servicio de acueducto o de agua potable en pila pública, según la forma en que se pueda garantizar el acceso. Dentro de los requisitos que deben cumplir los inmuebles, previstos en el Decreto 302 del 2000, están la ubicación dentro del perímetro del servicio, contar con licencia de construcción (edificaciones por construir), estar conectado al sistema público de alcantarillado y tener tanque de almacenamiento, entre otros.

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