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Prestador de servicios públicos debe reintegrar sumas facturadas de más por utilizar estrato diferente (10:34 a.m.)

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30 de Septiembre de 2019

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Si se demuestra que una empresa prestadora de servicios públicos facturó el servicio con un estrato distinto a aquel que fue designado legalmente por el municipio, esta deberá reintegrar la suma cobrada de más, previo trámite de la reclamación y recursos correspondientes, si es el caso, o de manera oficiosa a través de la misma facturación o del medio que garantice la devolución al usuario o suscriptor, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. En este evento, al tratarse de una inconformidad respecto a la facturación y no a la asignación del estrato, el artículo 154 de la Ley 142 de 1994, sobre defensa del usuario en sede del prestador, dispone que contra los actos de negativa del contrato, suspensión, terminación, corte y facturación que realice la empresa proceden los recursos de apelación y reposición.

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