Presidente debe adelantar gestiones para repatriar el ‘Tesoro Quimbaya’: Corte Constitucional (3:25 p.m.)
26 de Octubre de 2017
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Nota:
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En el proceso de revisión de una sentencia de tutela proferida por el Consejo de Estado que había rechazado por improcedente el amparo, la Corte Constitucional protegió el derecho al debido proceso del accionante, vulnerado en el trámite de una acción popular instaurada contra la Nación (Presidencia de la República) y el Ministerio de Relaciones Exteriores, trámite al que fue vinculado el Ministerio de Cultura. Esto en razón a que el accionante solicitó la protección de los derechos colectivos de los colombianos a la moralidad administrativa y al patrimonio público, vulnerados con la entrega de 122 piezas arqueológicas que forman parte del patrimonio cultural denominado “Tesoro Quimbaya” a España. Por lo anterior, la Corte modificó la orden dada por el juez popular y precisó que en el ámbito de la discrecionalidad que le asiste al Presidente como jefe de Estado debe activar los instrumentos de derecho nacional e internacional necesarios para lograr la repatriación del patrimonio. El magistrado Carlos Bernal Pulido salvó el voto por considerar que no existía mérito para configurar los defectos que la Corte le atribuye a la providencia judicial discutida, y que esta corporación se abrogó indebidamente las competencias del juez popular (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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