Pólizas en el contrato que celebran la propiedad horizontal y el administrador se pactan en beneficio del organismo (10:39 a.m.)
09 de Septiembre de 2010
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Nota:
68529
En el contrato que rige la relación entre el administrador y la propiedad horizontal debe quedar pactada la constitución de las pólizas que la asamblea general de propietarios, el consejo de administración o el reglamento de propiedad horizontal determinen, según sea el caso, señaló el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en oficio de junio. Dichas pólizas, indicó, se pactan en beneficio de la copropiedad, resguardando los intereses de la misma y buscando el cabal cumplimiento de las funciones del administrador.
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