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21 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Uso de lenguaje claro en entidades públicas ya tiene ponencia para segundo debate

30 de Abril de 2024

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¿Para qué sirve la dogmática penal? (Shutterstock)

Ante la Comisión Primera de la Cámara de Representantes fue radicada la ponencia para el segundo debate al proyecto de ley 293/23C, con el cual buscan establecer medidas para promover, difundir y facilitar el uso del lenguaje claro en las entidades públicas.

El objetivo de este proyecto es que la información pública sea accesible, oportuna, clara y comprensible, y que contribuya al goce efectivo de los derechos y necesidades de los ciudadanos. “La presente ley tiene por objeto promover el uso y el desarrollo de un lenguaje claro en los documentos, procesos, comunicaciones, trámites, servicios y otros procedimientos administrativos que se generen hacia la ciudadanía”, se lee en el documento. (Lea: “Conocimos tu caso, y sabemos que has pasado por momentos desagradables desde que tus papás se divorciaron”: Corte Suprema).

“El lenguaje claro es una práctica comunicativa orientada a la relación entre el Estado y la ciudadanía que se caracteriza por ser sencilla, directa, clara y concreta, sin tecnicismos innecesarios, de manera que el objeto del intercambio comunicativo sea comprensible, útil y eficiente, garantizando la transparencia de la información”, explicó el representante Carlos Felipe Quintero, ponente de la iniciativa. (Lea: Justicia ordinaria traduce por primera vez sentencia a lengua indígena)

Adicionalmente, se argumenta que el Gobierno se comprometió, a través del Open Government Partnership (2012), a alcanzar la meta del lenguaje claro al ciudadano y la calidad de la información. Este programa busca que la información publicada por las entidades cumplan con estándares de funcionalidad, confiabilidad, utilidad, relevancia, credibilidad, accesibilidad, oportunidad, coherencia, aplicabilidad, no redundancia, pertinencia, disponibilidad, interpretabilidad y comparabilidad.

La iniciativa establece que estarán obligados a obedecer esta norma las entidades públicas y demás sujetos señalados en el artículo 5 de la Ley 1712 del 2014 o aquellas que la modifiquen. “Además, deberán tener en cuenta la Ley 1381 del 2010 y el artículo 28 de la Ley 2052 del 2020 para facilitar el acceso y la comprensión de la información pública de todas las personas en el territorio nacional, con el fin de reducir costos, eliminar barreras y cerrar brechas entre el Estado y la ciudadanía”, se lee en el articulado.

Según el texto, las entidades públicas implementarán directrices de capacitación y formación a los servidores públicos en lenguaje claro y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) en coordinación con el DNP y el DAFP tendrán 24 meses a partir de la expedición de la ley para determinar los mecanismos de formación y capacitación respectivos.

Esta iniciativa es de autoría de los congresistas Karina Espinosa, Julián Peinado, Wilder Escobar, Wadith Manzur, Daniel Carvalho, Juan Diego Muñoz, Wilmer Castellanos, Karina Bocanegra, Álvaro Monedero, Alexander Bermúdez, Kelyn Johana González, Álvaro Rueda, Carlos Ardila, Sandra Aristizábal y Leonardo de Jesús Gallego.

De aprobarse el proyecto en la plenaria de la Cámara, pasará a discutirse en la Comisión Primera del Senado de la República.

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