Oficializan fallo sobre la norma que reformó el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica (3:38 p.m.)
07 de Septiembre de 2012
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Nota:
83518
La Corte Constitucional oficializó el texto del fallo en el que se declaró inhibida para conocer la demanda interpuesta contra apartes del artículo 39 de la Ley 1453 del 2011, con los que se reformó el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica. Para los demandantes, sancionar a quien permanezca de manera temporal o realizando uso indebido de los recursos naturales son conductas indeterminadas, por la vaguedad e indeterminación de esos elementos descriptivos. A juicio de la Corte, los actores no tienen en cuenta que los verbos rectores “permanecer” y “uso indebido” se refieren a los demás territorios mencionados en la disposición. Por ello, concluyó que no debía hacerse una interpretación del tipo penal sin tener en cuenta todos los elementos descritos en él, menos aún para extraer de su texto una supuesta indefinición legal. En el fallo se registró el salvamento de voto del magistrado Luis Ernesto Vargas y la aclaración de Nilson Pinilla (M.P. Jorge Iván Palacio).
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